Protección de Datos Personales
Con fundamento en el articulo 3 de la LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO se entenderá por Datos Personales y Datos Personales Sensibles, lo siguiente:
Datos personales: Cualquier información concerniente a una persona física identificada o identificable. Se considera que una persona es identificable cuando su identidad pueda determinarse directa o indirectamente a través de cualquier información.
Datos personales sensibles: Aquellos que se refieran a la esfera más íntima de su titular, o cuya utilización indebida pueda dar origen a discriminación o conlleve un riesgo grave para éste. De manera enunciativa más no limitativa, se consideran sensibles los datos personales que puedan revelar aspectos como origen racial o étnico, estado de salud presente o futuro, información genética, creencias religiosas, filosóficas y morales, opiniones políticas y referencia sexual.
PRINCIPIOS PARA LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS
CLASIFICACIÓN DE LOS DATOS PERSONALES
DATOS PERSONALES DE IDENTIFICACIÓN | |
DENOMINACION | NIVEL DE PROTECCIÓN |
Domicilio | BASICO |
Teléfono Particular | BASICO |
Teléfono Celular | BASICO |
Firma | BASICO |
Clave de Registro Federal de Contribuyentes de Población (CURP) | BASICO |
Clave de Elector | BASICO |
Matricula de Servicio Militar Nacional | BASICO |
Numero de Pasaporte | BASICO |
Lugar y Fecha de Nacimiento | BASICO |
Nacionalidad | BASICO |
Fotografía | BASICO |